viernes, 18 de enero de 2008

multa por no presentar liquidacion anual de afp

buenos dias quisiera saber cual es la multa por no presentar la liquidacion anual de pagos de las afp.gracias de antemano por la respuestas ----------------------------------------------------------------------------------------------------
RESPUESTA

PARA EL CALCULO DE LOS INTERES MORATORIOS DE LAS AFP DEBES ENTRAR A LA PAGINA DE LAS AFP E INGRESAS AL LINK CALCULO DE INTERESES MORATORIOS.


DARLE CLIC EN LA FOTO

LIQUIDACIÓN ANUAL DE APORTES Y RETENCIONES AL SISTEMA DE PENSIONES
De acuerdo con la Ley Nº 27605, se dispuso lo siguiente:• Los empleadores que realicen aportes y retenciones por concepto de prestaciones previsionales (AFP/ONP) y de salud (Essalud/EPS) de sus trabajadores están obligados a presentar ante las entidades administradoras de las contribuciones correspondientes, bajo responsabilidad, una Liquidación Anual de Aportes y Retenciones de la Seguridad Social, por cada uno de los trabajadores asegurados o afiliados.Plazo: hasta el 31 de enero por las contribuciones de 2006, aun cuando el trabajador haya laborado por un período menor de doce meses.• Los empleadores que realicen aportes y retenciones por concepto de prestaciones previsionales (AFP/ONP) están obligados a entregar al trabajador el Comprobante de Retenciones por Aportes al Sistema de Pensiones, conjuntamente con el Certificado de Retenciones de Rentas de Cuarta y Quinta Categoría del Impuesto a la Renta, sin perjuicio de la presentación de la Liquidación Anual de Aportes y Retenciones.• Entidades ante las que se debe presentar la Liquidación Anual: Sunat (por los aportes a Essalud y ONP), EPS (por los aportes a la EPS) y AFP (por los aportes a cada AFP).(Diario Oficial el Peruano).

4 comentarios:

farley dijo...

Quisiera saber como se presenta la liquidación anual de aporte y retenciones (ONP / ESSALUD) si es mediante PDT o en formato (como AFP)

Magik de los Vientos dijo...

Es un formato en excel, de las AFP te lo puedes bajar de cada web, y hacer uno parecido para el ESSALUD y SNP.

Y con respecto a la pregunta arriba expuesta, no han dicho cual es la multa por no presentarlo hasta el 31/01 de cada año.

El cuadro que señalan es por intereses que genera el no pagar a tiempo a las AFP, más este formato de liquidación anual es sólo informativo (no hay que pagar nada, es sólo un cuadro resumen de todo lo pagado durante el año). Lo que se quiere saber es que sanción se aplica por la no presentación a tiempo.

Magik de los Vientos dijo...

Por el Regimen de Gradualidad que afecta al art. 176 n 2, nos exoneran al 100% siempre y cuando sea subsanación voluntaria, no?

Luz dijo...

he declarado mas compras x un monto de S/1819.29 base imponible debi pagar S/795 y pague 449 cuanto seria mi multa si rectfico este es por el periodo 06/2008 x favor estare a la espera ..gracias Luz