el billete electronico dice asi:
vv 2976
igv565.64
xt 104.9
tot 3646.34
en donde xt son los impuestos de otro pais, para igv ya se que no son afectos pero para renta?
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RESPUESTA:
Buenos dias tengo algunas preguntas para hacerte:
1. - El billete salio a nombre de la empresa o al nombre del pasajero?
2.- Cada vez que que compras un Tkt aereo te dan un Documento de cobranza, y este documento no tiene valor tributario.
3.- Si el billete salio a nombre de la empresa, debe de especificar el Ruc y la Razon social, para poder incluirlo como gasto. pero si lo hicieron a nombre del pax, no puedes colocarlos como gasto
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4 comentarios:
a proposito de gastos fuera del pais, quisiera hacer una consulta, tengo uan EIRL dedicada a la cracion y administracion de páginas web, y para mantenerlas activas necesito alquilar servidores en el extranjero, el caso es que me dicen en Sunat que debo retener el 30% del pago que hago a la empresa extranjera, pero la empreesa extranjera no acepta eso, si le retengo simplemente me corta el servicio; por otro lado em comentaron que siendo que el servicio lo prestan integramente en el exterior y la empresa esta no tienen sucursales ni nada que lo vincule al Perú, entonces no correspondia hacerle la retencion del 30%.
es una duda que me gustaria me ayuden a despejar.
atentamente
Edwin C.
ecpt_5@hotmail.com
En este caso en particular, lo unico que necesitas para solventar el gasto o salidad de dinero, es que la empresa no domiciliada te emita un docuemnto para que puedas sustentar tu pago.
Con ese docuemnto no tienes la obligacion de retener el 30%
dasdas
una consulta; deseo saber si legalmente me puede corresponder vacaciones si he gozado el derecho de 151 días de descanso medico.
Cual es la normativa en estos casos.
Muchas Gracias
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